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GesMar - Seguro para embarcaciones

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Queremos que disfrutes del mar sin preocuparte de los imprevistos que puedan surgir.

 

Nuestro seguro de embarcaciones de recreo como barcos, veleros, yates, etc, se adapta completamente a tus necesidades. Puedes elegir entre diferentes packs con amplias garantías para protegerte durante la práctica de la navegación.

Ventajas de

nuestro seguro para embarcaciones

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Máxima flexibilidad en tu seguro

Seguro totalmente adaptable a tus necesidades. Elige el seguro que necesitas según tu tipo de barco y la modalidad de navegación que realizas, ya sea de ocio o de competición.

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Coberturas de los seguros obligatorios

Garantía de Responsabilidad Civil obligatoria para el cumplimiento de los seguros exigidos para la navegación.

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Antigüedad menor a 40 años

Asegura tu embarcación de recreo de la lista 7ª (embarcaciones de recreo de uso particular) con una antigüedad inferior a 40 años.

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Embarcaciones con bandera de los países de la Unión Europea

Con tomador español y puerto base en España.

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Remolque y salvamento marítimo

En caso de accidente o avería, reembolso de los gastos del traslado de la embarcación hasta el puerto o zona deportiva más cercana.

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Pérdida de llaves

Gastos de sustituir la cerradura y la llave de acceso a la embarcación.

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Gestión de multas

Por un equipo jurídico especialista.

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Coberturas exclusivas

Asegura mástiles, toldos, lonas y velas de tu embarcación.

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Avería de motor

Garantiza las averías del motor principal de tu embarcación por defectos, rotura del eje o sistema de transmisión, mal tiempo, etc.

Ventajas de

nuestro seguro para embarcaciones

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Máxima flexibilidad en tu seguro

Seguro totalmente adaptable a tus necesidades. Elige el seguro que necesitas según tu tipo de barco y la modalidad de navegación que realizas, ya sea de ocio o de competición.

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Coberturas de los seguros obligatorios

Garantía de Responsabilidad Civil obligatoria para el cumplimiento de los seguros exigidos para la navegación.

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Antigüedad menor a 40 años

Asegura tu embarcación de recreo de la lista 7ª (embarcaciones de recreo de uso particular) con una antigüedad inferior a 40 años.

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Embarcaciones con bandera de los países de la Unión Europea

Con tomador español y puerto base en España.

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Remolque y salvamento marítimo

En caso de accidente o avería, reembolso de los gastos del traslado de la embarcación hasta el puerto o zona deportiva más cercana.

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Pérdida de llaves

Gastos de sustituir la cerradura y la llave de acceso a la embarcación.

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Gestión de multas

Por un equipo jurídico especialista.

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Coberturas exclusivas

Asegura mástiles, toldos, lonas y velas de tu embarcación.

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Avería de motor

Garantiza las averías del motor principal de tu embarcación por defectos, rotura del eje o sistema de transmisión, mal tiempo, etc.

Descarga el folleto de GesMar

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Personaliza tu seguro de
embarcaciones de recreo

 

Porque cada barco es diferente y cada
armador navega de forma distinta.

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Coberturas exclusivas en
tu seguro de embarcaciones
de recreo

 

Rotura de mástiles, toldos, lonas y velas,
avería de motor, pérdida de llaves, gestión de
multas, remolque y salvamento marítimo… 

Preguntas frecuentes

Un seguro de embarcaciones de recreo tiene el fin de proteger la embarcación y sus tripulantes, así como responder por la responsabilidad civil ante los daños que se puedan causar a terceros.

 

Puedes asegurar tu embarcación con Ges Seguros si forma parte de la lista 7ª (embarcaciones de recreo de uso particular) y tiene una antigüedad inferior a 40 años. Aseguramos embarcaciones con bandera de los países de la Unión Europea, con tomador español y puerto base en España.

El seguro de embarcaciones de Ges Seguros permite elegir entre diferentes packs con amplias garantías, de modo que se adapten a las necesidades de cada embarcación. Algunas de las principales garantías incluyen:

 

- Responsabilidad civil: Se trata de una cobertura obligatoria para las embarcaciones de recreo.

- Daños a la embarcación: Cubre daños por hundimiento, naufragio, colisiones, varaduras, incendios, explosiones, impactos de rayos o golpes de mar.

- Rotura de elementos del barco: Incluye mástiles, botavaras, tangones, jarcia, toldos, lonas, fundas o velas.

- Pérdida de llaves: Reemplaza la cerradura y la llave en caso de extravío o robo.

- Pérdida total o abandono: Ofrece compensación si la embarcación se pierde por completo o se abandona debido a riesgos cubiertos.

- Remolque y salvamento: Reembolsa los costes de remolque en caso de avería o accidente.

- Efectos personales: Opcional para cubrir objetos personales a bordo.

- Remoción de restos: Cubre los costes de trasladar restos inservibles después de un accidente.

- Accidentes personales: Proporciona indemnizaciones por lesiones a ocupantes.

- Motor de la embarcación: Cubre la pérdida o avería del motor y conexiones eléctricas.

- Robo o atraco: Incluye el robo de la embarcación o partes, reemplazo de cerradura y daños por intento de robo.

- Gestión amistosa de multas: Brinda asistencia en la resolución de multas.

- Cláusulas del Institute Yacht: Catálogo adicional de circunstancias por las que se cubren los daños en la propia embarcación o aquellos a terceros.

- Protección durante el transporte terrestre.

 

Además, es esencial considerar garantías adicionales según el uso específico de la embarcación, como participación en regatas o la pesca deportiva.

Contar con una garantía de responsabilidad civil es un requisito obligatorio para navegar en aguas españolas, según lo establece el Real Decreto 607/1999, de 16 de abril.

 

Además, un seguro de embarcaciones completo ofrece protección para los daños que tu propia embarcación pueda sufrir, tanto durante la navegación como en tierra.

En caso de daños a terceros, la garantía de responsabilidad civil cubre los siguientes daños:

 

- Daños a terceros por colisión, abordaje y otros incidentes derivados del uso de embarcaciones en aguas marítimas españolas.

- Daños a terceros causados por esquiadores y objetos remolcados por la embarcación en el mar.

- Daños a terceros causados por la embarcación auxiliar del barco, siempre que esté claramente identificada como parte de la embarcación principal.

- Daños a terceros por contaminación ambiental.

 

La responsabilidad civil obligatoria de un seguro de embarcaciones cubre indemnizaciones hasta el límite de 120.202 € por víctima, con un límite máximo de 240.404 €. Para daños materiales, contaminación o pérdidas económicas, el límite de cobertura es de 96.161 €.

 

Puedes ampliar la garantía de responsabilidad civil de forma voluntaria, de modo que la compañía aseguradora responda por ti hasta el límite que pactes en las condiciones particulares de tu póliza.

Solo aseguramos embarcaciones de la lista 7ª, que son aquellas dedicadas a la práctica deportiva o la pesca sin ánimo de lucro.

 

Esta categoría, que se refleja en la matrícula de la embarcación, es la de cualquier barco de recreo o sin fines lucrativos.

 

Es posible utilizar la embarcación en competiciones de pesca deportiva y regatas, exclusivamente si han contratado de manera expresa estas garantías.

El principal factor para determinar el coste de un seguro es el tipo de embarcación.

 

También influye el uso (por ejemplo, si participa en regatas y competiciones), los metros de eslora, el número de motores y su potencia, la zona de navegación, la antigüedad de la embarcación, la titulación de la persona que va a manejar la embarcación y su historial de navegación así como, por supuesto, las coberturas contratadas.

Los daños en la embarcación están cubiertos en casos de caída del rayo o golpe de mar a consecuencia de un temporal, siempre que haya superado la categoría del diseño de la embarcación, conforme a la legislación vigente.

 

Del mismo modo, los daños del motor, causados por mal tiempo y por la consecuente inundación en todo o parte del motor y sus conexiones producidas por lluvia, temporal o golpe de mar también están cubiertos en las mismas condiciones.

 

Otros elementos, como los mástiles, botavaras, tangones, toldos o jarcia fija y de labor, también están cubiertos frente a la rotura y torsión.

 

No obstante, es importante repasar siempre el apartado de ‘Exclusiones generales’ del condicionado general para conocer los casos en los que los daños pueden no estar cubiertos.

En el caso de que se produzca un siniestro, debes ponerlo en conocimiento de Ges Seguros a la mayor brevedad posible, a través de los medios indicados en la póliza (teléfono, correo electrónico, Área Clientes, APP).

 

Después, recibirás asesoramiento sobre los documentos o procesos que debes seguir para la tramitación del siniestro.

 

Habitualmente, en la primera comunicación se te solicitará que facilites los datos de contacto de la persona que actuará como interlocutora con la compañía aseguradora, del Club náutico o del taller donde se encuentra localizada la embarcación, del propietario de la embarcación contraria que haya causado o sufrido daños (en caso de haberla) o de los lesionados o familiares de fallecidos (si es el caso).

 

Después, se te indicarán los siguientes pasos para facilitar la información completa sobre el siniestro.

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