Canal de denuncias

Es el instrumento interno que permite poner en conocimiento de la Compañía aquellos comportamientos, acciones o hechos que puedan constituir un incumplimiento de la legislación vigente o la normativa interna que regula su actividad.

 

Para más información: https://bienvenido.ges.es/gobierno-corporativo

 

IMPORTANTE: El Canal de Denuncias no es el instrumento adecuado para presentar una queja o reclamación derivada de un contrato de seguro, su interpretación o cumplimiento, para lo cual debe dirigirse al Servicio de Atención al Cliente a través del correo servicioatencioncliente@ges.es o, en caso de estar registrado, a través del Portal del Cliente.

 

 

¿Quién puede presentar una denuncia?

 

Todas las personas que, en la prestación de sus servicios profesionales o laborales a GES (consejeros, accionistas, empleados, becarios, personas que participan en proceso selección, colaboradores y proveedores) se encuentren obligadas a velar por el cumplimiento de la legislación vigente, sus normas internas y los valores que informan la cultura corporativa.

 

 

¿Cómo se puede presentar una denuncia?

 

Se puede presentar una denuncia mediante los siguientes medios habilitados para ello:

 

- Correo electrónico dirigido a la dirección canaldenuncias@ges.es
- Escrito dirigido al Comité de Cumplimiento en el domicilio social de la Compañía
- Comunicación escrita al superior jerárquico.

 

 

¿Tengo que facilitar mis datos para presentar una denuncia?

 

No, no es necesario. El denunciante puede facilitar los datos de manera opcional, aceptándose las denuncias anónimas realizadas por cualquiera de los medios habilitados.

 

 

En caso de que decida facilitar mis datos, ¿cuál será su tratamiento?

 

La tramitación de las denuncias se encuentra sometida a la normativa de protección de datos. Los datos de carácter personal facilitados al objeto de la denuncia serán tratados con la finalidad de gestionar y tramitar las denuncias formuladas en virtud de obligación legal o por razones de un interés público esencial.

 

En ningún caso se utilizarán para un fin incompatible o distinto al citado, pudiendo ejercitar en cualquier momento los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, limitación y portabilidad de conformidad con la normativa de protección de datos. Los datos serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la que fueron recabados. En ningún caso, podrán conservarse por un periodo superior a diez años.

 

 

¿Puedo sufrir represalias por la presentación de una denuncia?

 

Se garantiza la indemnidad de quien, de buena fe y sin ánimo malicioso, hubiera denunciado, estando prohibida la adopción de represalias por motivo de la presentación de denuncias, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

 

Se garantiza también la indemnidad de aquellas que de cualquier forma participen en la tramitación y resolución de la denuncia.

 

 

Una vez formulada la denuncia, ¿qué procedimiento se seguirá?

 

Toda denuncia será objeto de un tratamiento individualizado protegiendo la intimidad y confidencialidad de los interesados.

El Comité de Cumplimiento, en caso de que esta sea aceptada a trámite, será el órgano encargado de realizar la fase de instrucción, la cual está orientada a recabar las pruebas pertinentes para verificar los hechos comunicados.

 

Además de ello, el Comité de Cumplimiento emitirá un informe detallando los antecedentes, las actuaciones realizadas, las pruebas obtenidas, el resumen de los hechos, las conclusiones y las medidas que proponga adoptar.

Posteriormente, este informe se trasladará al Director General y a los miembros del Comité de Dirección que en cada caso decida aquel, quiénes adoptarán una decisión que será vinculante para la Compañía y para las personas afectadas.

 

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